María Jesús Romero Aloy
Profesora del departamento de Urbanismo de la Universidad Politécnica de Valencia y experta en Derecho urbanístico y Planificación urbana
Debemos partir de la normativa existente sobre riesgo de inundaciones. Una dificultad que entorpece la adopción de medidas concretas ante el riesgo de inundación es la de la dispersión de las competencias que tienen las diferentes administraciones públicas de los diversos niveles, sea la administración local que elabora los planes de ordenación urbana de los municipios y los de protección civil (planes de emergencia); la administración autonómica que tiene competencias en la ordenación del territorio, protección civil y gestión del dominio público hidráulico y, por último, a nivel estatal, la administración central, también con competencias en materia de protección civil y la gestión del dominio público hidráulico en las cuencas intracomunitarias. Sería necesaria una urgente unificación de esa normativa dispersa reforzando el marco normativo y unificando la actual dispersión de competencias entre las distintas administraciones.
En el caso concreto de la Comunidad Valenciana, las zonas con riesgo de inundación (en relación con la ordenación del territorio) se regulan en el Plan de Acción Territorial de Riesgo de Inundación de la Comunidad Valenciana (PATRICOVA) aprobado en el año 2003 y revisado en el 2015. Este plan tiene una naturaleza vinculante para todos los instrumentos de ordenación urbanística (planes de ordenación urbana) o territorial pero no tiene una aplicación retroactiva, esto es, los planes anteriores a su entrada en vigor en el año 2003 no recogen las determinaciones del PATRICOVA. En la Comunidad Valenciana disponemos de un alto porcentaje de planes obsoletos pero vigentes, lo que se conoce como la petrificación del planeamiento, por lo que no están adaptados al PATRICOVA. Por este motivo, resulta necesario que se cree una obligatoriedad de adaptar todos esos planes a este plan de acción territorial asumiendo sus preceptos.
Por otra parte, también resulta necesario reflexionar sobre el cambio antrópico y el riesgo de inundación. Es una realidad que el riesgo de inundación, que es un riesgo natural, se ha visto aumentado por la ocupación urbana en espacios de riesgo con edificaciones (legales o ilegales) y/o infraestructuras en zonas inundables. Esta situación aumenta el peligro natural pudiendo llegarse a considerar un riesgo elevado a catástrofe como la que hemos vivido esta última semana. Cuando se producen episodios de lluvias de intensidad moderada, DANA, entendidas como fenómeno natural, los cauces de los ríos (barrancos, rieras, etc., que normalmente están secos) vuelven a recuperar su funcionalidad, pasando a transformar estas zonas urbanizadas en zonas de alto riesgo puesto que han sido ocupadas por el ser humano sin tener en cuenta su denominación de zona inundable. Estas nuevas construcciones agravan las potenciales inundaciones por la presión que llevan a cabo en el terreno natural colindante a los márgenes de los cauces impidiendo el flujo libre de las aguas y formando presas que agravan el riesgo de inundación.