Rafael Urrialde de Andrés
Profesor en la facultad de Ciencias Biológicas de la Universidad Complutense de Madrid y en la facultad de Farmacia de la Universidad San Pablo-CEU, y vocal de la Junta Directiva de la Sociedad Española de Nutrición
Es un estudio más, que dentro de la evidencia científica debe ser evaluado por las autoridades de seguridad alimentaria, en nuestro caso, territorio de la Unión Europea, por la European Food Safety Authority (EFSA). Hasta el momento, como el resto de las autoridades de seguridad alimentaria de todos los países a nivel mundial y del comité mixto FAO-OMS que se encarga de la evaluación de los aditivos, [la EFSA] considera seguro el aspartamo con las Ingestas Diarias Admisibles. En el caso de la Unión Europea fijada hasta un máximo de 40 mg/kg peso/persona/día, y bajo las condiciones aprobadas para determinados productos alimenticios. Es más, en el año 2013 la EFSA ha hecho una reevaluación de la aprobación del aspartamo considerándolo seguro y después del posicionamiento de la OMS del año 2023, todas las agencias de seguridad alimentaria a nivel mundial siguen manteniendo las mismas aprobaciones y condiciones para el aspartamo.
Como bien indican los propios autores, hay una limitación en el estudio: el modelo de ratones o de animales puede ser no relevante para humanos. Esta limitación es similar a muchos estudios realizados, por aspectos fisiológicos y por situación de adaptación de los procesos metabólicos en humanos por la ingesta de determinados nutrientes o compuestos. El aspartamo está formado por el ácido L-aspártico y el ácido L-fenilalanina (dos aminoácidos presentes en mucha mayor cantidad en muchos alimentos y bebidas, como la leche. El ácido aspártico es un aminoácido no esencial que el cuerpo humano puede fabricar a partir de otros aminoácidos, y la fenilalanina uno de los ocho aminoácidos esenciales que el cuerpo humano no puede sintetizar y debe conseguirlos a través de los alimentos) y un grupo metilo. En el proceso de digestión en humanos, en la parte alta del duodeno se produce una hidrólisis que rompe el aspartamo. Se liberan los dos aminoácidos y se forma metanol (la fruta madura y las legumbres también contienen en pequeñas cantidades metanol y sustancias que en la digestión se convierten en metanol), que se absorben y pasan a la sangre. Esta situación de la alimentación y los compuestos también la indican como limitación los propios autores.
Es imprescindible realizar estudios en humanos y depositar la confianza en las autoridades de seguridad alimentaria, como ocurre en el caso de los principios activos y medicamentos con las autoridades que los aprueban. No obstante, además, en el caso de la UE la aprobación de cualquier aditivo debe ser posteriormente autorizada por la Comisión Europea y publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea. Además, por el Reglamento 178/2002, la CE puede aplicar el principio de cautela que, en circunstancias específicas, tras haber evaluado toda la información disponible y si hay posibilidad de efectos nocivos para la salud e incertidumbre científica pueden adoptarse medidas provisionales de gestión del riesgo para asegurar el elevado nivel de protección de salud adoptado por la CE, es decir revocar la autorización. Cuando así se ha demostrado, se ha eliminado la autorización de determinados aditivos. De momento, en el caso del aspartamo, no ha ocurrido nunca.
Creo que el título del paper debería ser: ‘Sweetener aspartame aggravates aterosclerosis through insulin-triggered inflammation in mice’. No se alcanza a entender que excluyan en el título que el estudio es en ratones y lo pongan como limitación al final del paper.