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Rafael Urrialde de Andrés

Profesor en la facultad de Ciencias Biológicas de la Universidad Complutense de Madrid y en la facultad de Farmacia de la Universidad San Pablo-CEU, y vocal de la Junta Directiva de la Sociedad Española de Nutrición

Todos los datos científicos, tanto de estudios como revisiones o metaanálisis, tienen que ser revisados por la European Food Safety Authority (EFSA), en este caso dentro de su programa de reevaluación de aditivos (Reglamento 257/2010), en el que se incluyen los 19 edulcorantes autorizados hasta el momento en la Unión Europea. Todos los estudios, sean del carácter que sean, negativos, neutros o positivos, deben ser tenidos en cuenta para adoptar las decisiones y posicionamientos oportunos, según la validez científica. La EFSA es la entidad que tiene que aprobar la evidencia científica emitir sus posicionamientos científicos en materia de alimentación, nutrición y dieta (lleva más de 9.000 desde que se creó); en el caso de los edulcorantes, hasta la fecha no ha cambiado los posicionamientos y datos, incluso en las reevaluaciones totalmente exhaustivas de los edulcorantes que ha efectuado.  

Por otro lado, en la Unión Europea los polioles, como el caso del eritritol, xilitol y otros, por condiciones de aprobación de uso en la legislación de la UE (Reglamento 1333/2008) no pueden utilizarse, por ejemplo, en ningún tipo de bebida. A su vez, cuando en otros alimentos se usan, por el Reglamento 1169/2011 de información alimentaria facilitada al consumidor, si se supera el 10 % del contenido en ingredientes, debe aparecer en el etiquetado la leyenda: “un consumo excesivo puede producir efectos laxantes”.  

A su vez el eritritol tiene también, tanto por la EFSA como por las autoridades de la UE, a través del Reglamento 432/2012, dos alegaciones de propiedades saludables aprobadas y autorizadas. 

Los polioles se encuentran presentes en la naturaleza en muchas frutas y verduras, así como en otros vegetales, como es el abedul y su conocido azúcar de abedul (xilitol).  

Este estudio, aunque la n= 8 del estudio piloto es muy pequeña, por lo menos en el título del trabajo específica claramente que no se pueden extrapolar sus conclusiones al resto de edulcorantes más allá del eritritol. También tiene que servir, aunque se parta de un estudio observacional, para poder profundizar más y sobre todo con ensayos clínicos con un tamaño suficientemente grande y con uso por debajo de la IDA (Ingesta Diaria Admisible). Esto implica hacer estudios a largo plazo.  

Las evaluaciones de seguridad, primero por JEFCA (comité Mixto FAO y OMS) y posteriormente por las autoridades de seguridad alimentaria de los países o mercados, como Food Drug Agency, European Food Safety, Food Standards Agency of Australia New Zealand, Canadian Institute of Food Safety, Food safety Commision of Japan, Food Standards Agency de UK, Comisión federal para la Evaluación de Riesgos sanitarios de México, etc., por citar algunas de continentes diferentes, tienen que tener en cuenta todos los datos y la evidencia científica, pero sobre todo los ensayos clínicos en humanos, porque en muchas ocasiones son estudios in vitro o en animales (que nunca han estado en presencia de estos compuestos) o en humanos pero observacionales, y en estos últimos no se puede establecer una causa/efecto como sí se hace en los análisis toxicológicos. Las autoridades deben ser las que indiquen cualquier cambio sobre lo aprobado hasta la fecha.  

Por último, el mayor uso del eritritol (aprobado por JEFCA en 1999 con el número 968 como identificador mundial y posteriormente con el E-968 en la UE) es como soporte de edulcorantes de mesa y hasta ahora no se ha visto, como con ningún poliol —por ejemplo, el famoso azúcar de abedul xilitol— ningún efecto sobre la salud humana más allá del efecto laxante, aunque también hay estudios que muestran un efecto prebiótico de los mismos.  

Por último, la revaluación de los aditivos y por tanto de los edulcorantes, de cada uno de ellos de forma individual o también con visión de aspectos sinérgicos, debe ser constante porque los datos o técnicas o protocolos pueden cambiar, pero tienen que ser las autoridades de seguridad alimentaria las que lo lleven a cabo. A través de sus evaluaciones y aprobaciones, las autoridades tendrán que realizar la aprobación y autorización de manera legislativa, si procede, y con los condicionantes de uso si existen. 

ES