Volvemos al titular de este artículo: ¿es lo mismo una ola de calor en salud que una ola de calor en meteorología? La respuesta es que normalmente no coinciden.
Actualmente, en España, en la administración estatal existen dos sistemas de información poblacional sobre el riesgo que suponen las temperaturas extremadamente elevadas.
El primero de ellos, por tradición histórica más antiguo, es la información que suministra la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) sobre las superaciones de la temperatura máxima diaria que se producen por encima del percentil 95 de la serie histórica de temperaturas máximas de los meses de verano, es decir, la definición de una ola de calor en meteorología: “Se considera ‘ola de calor’ un episodio de al menos tres días consecutivos, en que como mínimo el 10 % de las estaciones consideradas registran máximas por encima del percentil del 95 % de su serie de temperaturas máximas diarias de los meses de julio y agosto del periodo 1971-2000”. Por tanto, se trata de una definición basada exclusivamente en la climatología de cada lugar.
Por otro lado, las olas de calor en salud se determinan a través de estudios epidemiológicos y se refieren a aquella temperatura máxima diaria a partir de la cual la mortalidad diaria aumenta de forma estadísticamente significativa durante un periodo de tres días. Esta temperatura máxima diaria corresponde a un percentil en la serie de temperaturas máximas de los meses de verano (de junio a septiembre), que unas veces coincide con el percentil 95 y otras veces no.
Por tanto, se trata de informaciones diferentes que corresponden a conceptos distintos: el primer sistema es climatológico y el segundo hace referencia a un indicador de salud, como es la mortalidad, que se ve influenciado por las características socioeconómicas, demográficas y sanitarias de cada lugar.
¿Cómo se definen?
La determinación del percentil 95 de una serie de temperaturas es algo que se calcula de forma inmediata con un programa estadístico. Sin embargo, la definición de la temperatura de ola de calor en salud es un proceso más complejo, ya que depende de factores asociados a la población y la estructura sociodemográfica de cada zona. Es decir, hay que preguntarse si es una población joven o envejecida, si cuenta con un buen sistema de atención sanitaria, si es un territorio de carácter rural o urbano, y si su nivel de adaptación fisiológica al calor o de sus mecanismos para hacer frente a las altas temperaturas dependen de su nivel económico. No se corresponde, por tanto, a un percentil de temperatura fijo, sino que varía en función de las características poblacionales que se reflejan en la mortalidad de cada población analizada.
Un sistema es climatológico y el otro hace referencia a la mortalidad, que depende de las características socioeconómicas, demográficas y sanitarias de cada población
El Ministerio de Sanidad español, con el apoyo científico-técnico del Instituto de Salud Carlos III, determina estas temperaturas para cada provincia, que sirven de base al “Plan Nacional de Actuaciones Preventivas de los Efectos del Exceso de Temperaturas sobre la Salud”, que desde 2004 se activa cada verano. Los percentiles a los que corresponden las temperaturas de definición de ola de calor en salud oscilan entre el percentil 82 de Palencia y el 98 de Badajoz, por ejemplo.
Las Comunidades Autónomas también pueden generar sus propias alertas y planes de prevención frente a las temperaturas extremas, al estar transferidas las competencias en sanidad y salud pública. En algunos casos se utilizan los umbrales del Ministerio de Sanidad.
Confuso para la población
Las dos definiciones, por tanto, corresponden a realidades diferentes y los expertos en este tema lo tienen claro, pero no la población. El Ministerio de Sanidad español emite sus propias alertas en salud basadas en sus temperaturas umbrales de definición de ola de calor. Lo hace a través de su página web y las redes sociales, y con una campaña de notificación de alertas por SMS en usuarios dados de alta en el servicio. Sin embargo, la información que llega a la ciudadanía masivamente es la que se transmite a través de radio y televisión, que es mayoritariamente la proporcionada por AEMET.
El Ministerio de Trabajo propone utilizar las alertas meteorológicas de AEMET, y no las basadas en salud del Ministerio de Sanidad, como indicador para regular la actividad de los trabajadores al aire libre
Cuando se produce una ola de calor meteorológica en un área geográfica, puede darse, o no, un impacto sobre el aumento de la mortalidad de esa población, dependiendo si el indicador —la temperatura máxima diaria— supera el umbral epidemiológico determinado para esa zona. En la mayoría de los casos (64 % de las veces) los umbrales de ola de calor del Ministerio de Sanidad corresponden a percentiles que están por debajo del percentil 95 de AEMET. Esto puede ocasionar que la población no perciba situaciones de riesgo para su salud que serían evitables.
Por el contrario, si los percentiles a los que corresponden las temperaturas de definición de ola de calor en salud son superiores al percentil 95 que utiliza la definición de AEMET, la población estaría en alerta sin evidencia científica de efectos sobre la salud.
Recientemente, el Ministerio de Trabajo, a través de la publicación del RDL 4/2023, propone utilizar las alertas meteorológicas de AEMET, y no las basadas en salud del Ministerio de Sanidad como indicador para regular la actividad de los trabajadores al aire libre.
La Organización Mundial de la Salud y la Organización Meteorológica Mundial están preparando un sistema de alerta temprana conjunta para personas en riesgo por ola de calor
Es evidente, por tanto, la necesidad de unificación de estos umbrales o, al menos, de la transmisión adecuada de esta información a la población y a las administraciones con competencias en salud (protección civil, atención médica, personal sanitario, empresas con trabajadores al aire libre, colegios, grupos vulnerables como embarazadas, personas con comorbilidades, etc.) ya que en algunos casos esta confusión se extiende a ayuntamientos y a entidades sociales.
Hay que unificar la información y la gestión del riesgo
Esta necesidad de coordinación ha llevado a la Organización Mundial de la Salud (OMS) y a la Organización Meteorológica Mundial (OMM) a anunciar recientemente que están preparando de forma conjunta un sistema de alerta temprana para personas en riesgo por ola de calor.
El pasado 18 de julio, en el Consejo de ministros se aprobó la creación del Observatorio de Salud y Cambio Climático (OSCC), que tiene entre sus principales funciones “actualizar los indicadores existentes en materia de salud y cambio climático y reforzar su valor informativo”. Por tanto, entre estas tareas se encuentra la idea la de unificar la información que se transmite a la población, con el objetivo de no crear confusión en materia de olas de calor, que son uno de los efectos directos más inmediatos del calentamiento global sobre la salud.
Esperamos que con la puesta en marcha del OSCC, “que se concibe como un órgano colegiado intersectorial para apoyar el análisis, diagnóstico, evaluación y seguimiento de los efectos de la emergencia climática en la salud, al tiempo que ofrece apoyo científico-técnico a las Administraciones públicas”, sirva como herramienta para unificar la información y gestión del riesgo frente a las olas de calor.
Cristina Linares Gil. Doctora en Medicina Preventiva y Salud Pública. Miembro del Comité Científico del Observatorio de Salud y Medio Ambiente de Andalucía.