Un estudio afirma que las prohibiciones de redes sociales en adolescentes carecen de evidencia y pueden conllevar riesgos
Un equipo de la Universidad de California (Estados Unidos) publica un artículo en el que cuestiona que la evidencia científica apoye la prohibición de redes sociales en adolescentes. Entre otras razones, aducen que los estudios que se han hecho hasta ahora sobre restringir el uso de redes se han realizado en adultos. Además, según señala una de las autoras en una nota de prensa, estos experimentos de restricción “muestran efectos débiles, nulos y mixtos, y el 40 % de los estudios experimentales señalan efectos nocivos (por ejemplo, menor satisfacción con la vida y mayor soledad) o ningún efecto de la restricción de las redes sociales”. Algunos de los autores, cuyo artículo se publica en Frontiers in Developmental Psychology, declaran tener vínculos con empresas relacionadas con la industria de las redes sociales.
Llaneza - Redes adolescentes
Paloma Llaneza
Abogada, auditora de sistemas, consultora de seguridad experta en los aspectos legales y regulatorios de internet y CEO de Razona Legaltech, consultora tecnológica experta en identidad digital
"Para empezar, como el propio artículo reconoce, los autores tendrían vínculos económicos directos con empresas que se verían perjudicadas por la prohibición: Candice Odgers, la supervisora del trabajo, es miembro del Youth and Families Advisory Committee de YouTube, entidad que en marzo de 2026 fue condenada por un jurado en Los Ángeles, junto a Meta, por el diseño adictivo de sus plataformas para generar adicción en menores. Stephen Schueller, por su parte, asesora a Headspace, una empresa de salud mental digital que tiene interés comercial en que la solución al malestar juvenil sea tecnológica y no regulatoria. Y Monika Lind, como ella misma reconoce, tiene participación accionarial en Ksana Health, también del mismo sector.
Por lo demás, este artículo es una perspective, no un estudio en sí mismo; se limita a revisar lo que ya se ha publicado incorporando unas recomendaciones, en mi opinión, de todo punto interesadas. Compila otros estudios como Ferguson (2024), que concluye que los efectos son indistinguibles de cero y Burnell et al. (2025) que encuentran un efecto pequeño pero positivo (g = 0,17), concluyendo que la restricción "probablemente no será el método más eficaz". Es bastante evidente que los datos no son apabullantes. En el terreno de la interpretación de los datos, una misma evidencia que no les sirve para justificar la medida sí les sirve, curiosamente, para cuestionarla: descalifica ensayos clínicos existentes como evidencia insuficiente para apoyar las prohibiciones (porque no incluyen menores), pero los usa inmediatamente para concluir que los efectos de la restricción son pequeños o inconsistentes. En lo personal, me transmite más confianza una sentencia en un proceso al que se ha aportado prueba suficiente como para determinar un daño y un diseño para la adicción como la que he mencionado más arriba”.
¿Cómo encaja con la evidencia que ya se conocía y qué implicaciones tiene? ¿Son recomendables las prohibiciones?
“No hay nada novedoso en el artículo: ya se sabía que los ensayos clínicos sobre restricción de redes sociales eran escasos, breves y que usaban como universo a universitarios adultos y no a adolescentes. Dicho esto, es más importante lo que omite, como la sentencia contra Meta y YouTube de este año, en las que entienden que han diseñado de propósito (no que es un resultado indeseado) sus plataformas para generar adicción en menores, con funciones como el scroll infinito, la reproducción automática o los contadores de ‘me gusta’ con la clara intención de generar un consumo compulsivo. Tampoco cita el informe del Surgeon General estadounidense, que lleva años situando ese diseño como problema de salud pública o la abundantísima literatura sobre la economía de la atención, que documenta con precisión los mecanismos por los que las plataformas explotan la vulnerabilidad cognitiva propia del desarrollo adolescente.
Sobre si las prohibiciones son recomendables, diría que por sí solas, no. Ningún problema complejo se soluciona con soluciones sencillas o unidimensionales y requieren una plétora de medidas, pero eso no es razón para no adoptar aquellas que se sabe pueden tener un impacto positivo, aunque sea pequeño. Usar una pretendida ausencia de evidencia científica para, simplemente, no hacer nada es un error y una falacia. En salud pública, la acción cautelar no exige certeza absoluta, sino indicios razonables de daño, proporcionalidad y ausencia de alternativas eficaces probadas. Los tres elementos, en mi opinión, concurren sobradamente y los tribunales así lo vienen reconociendo".
Suelves - Redes adolescentes
Josep Maria Suelves
Investigador del Behavioural Design Lab en el UOC eHealth Center, vocal de la junta directiva de la Sociedad de Salud Pública de Cataluña y de Baleares y vicepresidente del Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo
Los autores del trabajo que acaba de publicar Frontiers in Developmental Psychology presentan conclusiones basadas en la revisión de diferentes estudios experimentales en los que se investigó el efecto sobre el bienestar o sobre la salud mental de la restricción en el acceso a las redes sociales. Aunque se indica que la mayoría de los estudios revisados pusieron de manifiesto efectos beneficiosos después de restringir el acceso a las redes, los autores sostienen que las deficiencias metodológicas ponen en entredicho esos aparentes beneficios, lo que los lleva a sostener que algunos países están prohibiendo el acceso de los menores a las redes sociales sin saber qué efectos tendrá esa medida sobre su salud.
¿Carece efectivamente de fundamento limitar el acceso de los menores a las redes sociales? En su revisión de la literatura, los autores de este nuevo estudio no indican haber seguido las rigurosas exigencias metodológicas de una revisión sistemática: no se explica suficientemente, por ejemplo, con qué criterios se seleccionaron los estudios revisados, en qué poblaciones se llevó a cabo cada estudio, cuántos estudios fueron desestimados y por qué razón ni cuáles eran exactamente las intervenciones evaluadas y cuáles los efectos evaluados. Además, los autores indican que optaron por seleccionar exclusivamente estudios experimentales aleatorizados, lo que supone un criterio muy restrictivo que prescinde de la evidencia aportada por otros estudios que pueden haber recurrido a metodologías menos concluyentes, pero más habituales en condiciones de la vida real, donde a menudo la evaluación se fundamenta en diseños preexperimentales y cuasiexperimentales, o en estudios observacionales.
¿Debemos entonces restringir el acceso de los menores a las redes sociales? Hay pruebas de que el tiempo dedicado a las redes sociales interfiere con comportamientos más saludables, reduciendo el tiempo dedicado a la actividad física, el descanso nocturno y la interacción personal. Además, las redes sociales exponen frecuentemente a los menores a contenidos que promueven comportamientos de riesgo, entre los que se incluye el uso de productos relacionados con el tabaco, el uso de alcohol, o las estrategias para conseguir una delgadez extrema. Hay también algunas pruebas de que el tiempo dedicado a las redes sociales podría, al menos en ciertos casos, asociarse a ciertos trastornos mentales. Sin embargo, plantear la prohibición en el acceso de los menores a las redes sociales puede ser una medida difícil de implementar y pasa por alto la necesidad de impulsar otras acciones más efectivas, necesarias y éticas, como la limitación de contenidos dañinos (como la difusión de contenidos falsos o la promoción de la violencia, del uso de sustancias adictivas, las dietas no saludables, etc.), o el recurso a estrategias de diseño adictivas por parte de las plataformas, que basan sus beneficios en el tiempo de conexión de sus usuarios.
Perales - Redes adolescentes
José César Perales
Catedrático en el departamento de Psicología Experimental de la Universidad de Granada
Este artículo está escrito por un equipo liderado por Candice L. Odgers, que es una de las autoras más escépticas respecto a la utilidad de la prohibición de las redes sociales y, en general, sobre la evidencia que hay con relación al impacto que las redes sociales tienen en la salud mental adolescente.
El artículo no es ni una revisión sistemática ni un metaanálisis. Lo que hace es partir de dos metaanálisis previos que hay sobre estudios experimentales, ensayos aleatorizados controlados sobre la restricción de acceso a redes sociales y que han medido el impacto sobre distintos aspectos de la salud mental. Ellos parten de la premisa de que casi toda la evidencia que hay sobre la relación entre salud mental o uso de redes sociales y salud mental es investigación correlacional, que de esa investigación es prácticamente imposible derivar que las redes sociales tengan un impacto causal sobre la salud mental, tanto adolescente como adulta, y que, obviamente, eso implica la necesidad de hacer estudios experimentales. De ahí la motivación de hacer la revisión específicamente sobre estudios con esa metodología.
Es decir, no escarba demasiado en los estudios previos puramente correlacionales, porque entienden que esos estudios tienen limitaciones inherentes que son muy difíciles de resolver y, por tanto, se centran solamente en ese tipo de estudios de naturaleza experimental.
Una limitación importante que tiene este artículo es que básicamente podría considerarse una revisión interpretativa o narrativa. Tampoco hacen una síntesis cuantitativa ni un análisis de calidad de cada uno de esos estudios. Es decir, lo único que hacen prácticamente es detectar y contar los estudios que se han realizado, tanto los que estaban incluidos en los metaanálisis previos como los que han encontrado nuevos, y resumir brevemente las características y las conclusiones de cada uno de ellos y la conclusión general, que es algo que ya sabíamos: que la evidencia es mixta, que en general los efectos que se encuentran son modestos y que la metodología es muy variable.
Otro elemento importante es que este tipo de intervenciones desgraciadamente no pueden someterse a un procedimiento de doble ciego, porque obviamente los participantes de estos estudios saben que están participando en un estudio que tiene la intencionalidad de ver si la limitación de acceso a las redes sociales tiene o no tiene impacto en su salud mental y, por tanto, eso genera unos efectos de expectativa.
Y lo más importante que este equipo describe como una limitación de cara a fundamentar la regulación sobre el uso de redes sociales en adolescentes es que ninguno de esos estudios está realizado con adolescentes. Son estudios realizados en general con población adulta. En algunos estudios hay participantes menores de edad, los casos de participantes más jóvenes que han localizado son personas de 16 años. Por tanto, cualquier hallazgo en estos estudios difícilmente se podría generalizar en un sentido o en otro a población adolescente.
En términos prácticos, lo que esto quiere decir es que la evidencia científica disponible en este momento no apoya la utilidad de las medidas que se están tomando en países como Australia y que se tiene pensado tomar en países como Gran Bretaña o España. Los reguladores se están lanzando a prohibir las redes sociales hasta una determinada edad, en la mayoría de los casos hasta los 16 años, pensando que eso puede tener un impacto positivo sobre la salud mental de los adolescentes, pero hoy en día no tenemos evidencia que apoye la eficacia de esa medida. Sobre todo, que apoye la eficacia de esa medida en relación con otras posibilidades, como puede ser, por ejemplo, la regulación del funcionamiento de las redes sociales sin necesidad de una prohibición total. También dicen que, aparte de la falta de evidencia sobre los posibles impactos positivos de la prohibición de las redes sociales, tampoco se han evaluado todavía adecuadamente los posibles impactos negativos ni las dificultades prácticas que tiene el llevar a cabo esa prohibición. Por otra parte, dicen que al limitar o prohibir completamente el acceso de los adolescentes a las redes sociales se pueden estar limitando derechos, como la posibilidad de acceder a redes de apoyo o a determinados recursos sociales, psicológicos o emocionales que podrían ser importantes para esos adolescentes.
Por último, insisten en la importancia evaluar los impactos de esas medidas de forma metodológicamente sólida y sistemática. ¿Por qué? Porque por definición, cuando se aplica una legislación en una jurisdicción no hay grupo de control. O sea, todo lo que podemos ver es cómo determinados aspectos de la salud mental o del funcionamiento adolescente cambian de antes a después, pero un simple cambio sin un grupo de control sabemos que no es una metodología poderosa para establecer el impacto causal de una política.
Existen metodologías que sí permiten acercarse a hacer una inferencia causal, pero son complejas y requieren que esas políticas se implementen con la intención de hacer una evaluación de impacto. Normalmente, en la mente del legislador, o de los gobiernos y las instituciones que implementan estas políticas, la evaluación de impacto no suele ser un objetivo prioritario, o quizás no hay la conciencia necesaria sobre la importancia de implementar esas políticas de una determinada manera para que luego puedan hacerse inferencias sólidas a partir de los cambios observados.
Por tanto, en resumen, yo creo que el artículo hace una visión general bastante objetiva y completa de la evidencia disponible sobre lo que sabemos (que en realidad es poco) del impacto que las medidas de prohibición o limitación de uso de las redes sociales pudieran tener sobre la salud mental adolescente, lo que nos sitúa ahora mismo en una posición de grandísima incertidumbre. En ese sentido, yo concuerdo con las conclusiones del estudio, pero al mismo tiempo reconozco que no es particularmente fuerte desde el punto de vista metodológico. Al fin y al cabo, lo que expone es una posición concreta de un grupo académico de autores y autoras muy concretas, con las cuales yo tiendo a coincidir, pero tampoco aporta grandes novedades respecto de lo que ya se sabía porque tampoco utiliza una metodología de revisión que lo permita.
Por tanto, no deja de ser un artículo de opinión informada que nos advierte de la necesidad de ser mucho más sistemáticos y cuidadosos de lo que hemos sido hasta el presente, y que da algunas recomendaciones que a mí me parecen muy acertadas sobre cómo implementar las regulaciones relativas al uso de redes sociales en la adolescencia y de cómo medir su impacto. Más allá de eso no me parece que sea un artículo cuya novedad hubiera justificado su publicación en una revista más potente, y probablemente esa sea la razón por la cual está publicada en una revista de Frontiers y no en una revista de salud pública con mayor prestigio científico.
Natalia - Redes adolescentes
Natalia Martín-María
Profesora Ayudante Doctora en el departamento de Psicología Biológica y de la Salud de la facultad de Psicología, área de Personalidad, Evaluación y Tratamientos Psicológicos de la UAM
Se trata de un artículo novedoso que llega a la conclusión de que no hay evidencia científica que justifique prohibir las redes sociales a menores de 16 años, tal y como ya se ha hecho en Australia y está previsto que ocurra en otros muchos países como Dinamarca, Francia y España.
La falta de evidencia no habla de que algo no funcione, por lo tanto, creo que debemos ser cautos con las conclusiones del estudio. Se trata de una revisión, exhaustiva pero no sistemática. Asimismo, para afirmar si el efecto de la prohibición es nulo, dañino o protector, sería necesario llevar a cabo un metaanálisis.
Los cuasiexperimentos que se revisan rondan la duración del mes, donde puede ser cierto que los jóvenes experimenten solo los efectos negativos del no uso; es posible que las consecuencias positivas aparezcan a largo plazo. Sin embargo, no se hace referencia a las limitaciones del estudio.
Los jóvenes presentan ya mayores cifras de soledad que cualquier otro grupo poblacional, quizás las redes sociales están detrás de estos resultados. Por último, el razonamiento de que algo prohibido puede suscitar o aumentar la conducta que se intenta reducir es adecuado, de ahí la gran importancia del acompañamiento y la comunicación con los y las adolescentes.
- Revisión
- Revisado por pares
Monika Neff Lind et al.
- Revisión
- Revisado por pares